La Audiencia Provincial de Ávila reconoce que Ana Julia Quezada condenada por el asesinato de Gabriel Cruz pasa de estar bajo investigación a ostentar la condición de víctima u ofendida en la causa que investiga presuntas irregularidades en la prisión de Brieva, donde se le atribuían favores a cambio de relaciones sexuales con funcionarios penitenciarios.
Un giro significativo del proceso judicial, la Audiencia Provincial de Ávila ha modificado la situación procesal de Ana Julia Quezada: lo que hasta ahora era una investigación contra ella por presuntos delitos que implican corrupción y trato indebido en la cárcel de Brieva, se transforma en un procedimiento en el que Ana Julia ostenta la condición de perjudicada u ofendida.
Esta decisión, adoptada tras su declaración, implica que podrá acceder a la documentación del caso con todos los derechos legales inherentes a esa condición.
La trama bajo escrutinio estaría centrada en acusaciones de que ciertos funcionarios de prisión y un cocinero del centro penitenciario habrían mantenido relaciones sexuales con Quezada, en algunos casos según su testimonio “cuando ella quería, otras veces no, pero no podía negarse”, y a cambio de regalos o favores como la entrega de un teléfono móvil, perfumes, cerveza o chocolate.
Además, se ha puesto de relieve que algunos de esos encuentros podrían haber sido grabados con el móvil facilitado por uno de los funcionarios.
Quezada habría usado dichas grabaciones para ejercer presión sobre la dirección del centro, incluyendo amenazas de hacerlas públicas si no se accedía a ciertas solicitudes, como un traslado a Barcelona.
Desde la prisión señalan también que la directora del centro de Brieva emitió un informe alertando a la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias sobre esas amenazas.
En él se recoge que Ana Julia habría dicho tener material audiovisual incriminatorio, que según su relato le habría facilitado el funcionario implicado conocido como “Don Santiago”.
El abogado de Quezada sostiene que ella debe ser considerada víctima de delitos cometidos por funcionarios, dada la relación de autoridad y superioridad existente en el contexto penitenciario, lo cual limitaría su capacidad de consentir libremente.
La transición de investigada a perjudicada no solo modifica su estatus procesal, sino que abre la puerta a que que su defensa interponga acciones más activas, como solicitar pruebas, acceder a informes judiciales y personarse formalmente en las actuaciones en curso.
A la par, refuerza la hipótesis de que no todos los implicados funcionarios o trabajadores podrían haber actuado sin vulnerar sus deberes legales o normas penitenciarias.
El proceso, sin embargo, continúa bajo investigación judicial. Corresponde ahora al juzgado competente contrastar testimonios, verificar la existencia de pruebas materiales, y determinar responsabilidades tanto administrativas como penales para aquellos a quienes se imputa participación en los hechos.