«Lo hice mal, no lo tendría que haber hecho así, pero ahora la casa la tengo yo», decía Víctor en una entrevista que ha concedido al Programa del Verano de Mediaset. Unos okupas entraron en su chalet, en la urbanización Los Ángeles, en la pedanía murciana de El Esparragal. Decidió desalojarles por su cuenta y riesgo.
Sucedió el domingo por la tarde. Fue a la playa con su mujer y sus hijas y luego se acercaron a su segunda residencia. Asegura que se la compraron al banco el pasado mes de septiembre y pagan una hipoteca de 300 euros mensuales pero están haciendo reformas y por eso no viven ahí. Solo habían pasado para recoger unas cosas pero les extrañó que al meter la llave no abriera la puerta.
Fue entonces cuando salió el vecino y le contó que había estado intentando localizarle pero no tenía su teléfono. Unos okupas se habían colado en la vivienda. Decidió llevarse a su mujer y a las niñas y regresar más tarde. Acompañado por dos amigos se presentó en la casa. Llevaban palos y barras de hierro en las manos. No eran capaces de abrir la entrada principal y comenzaron a golpearla, hasta que se dieron cuenta de que el portón del garaje estaba a abierto y accedieron a la parcela.
En el jardín había seis personas, entre ellos niños, que se bañaban en una piscina hinchable. «Fuera de aquí, esta es mi casa», gritaba Víctor, obligándoles a marcharse. Los okupas argumentaban que pensaban que la casa pertenecía al banco y pedían que les dejase sacar sus pertenencias en un coche que tenían aparcado, antes de marcharse.
Nadie ha presentado ninguna denuncia. Víctor debía haberlo hecho por allanamiento de morada, para que la Guardia Civil pudiera desalojar a los okupas. Asegura que prefiere pagar la multa que volver a pasar por un proceso de cinco años para que la justicia le devuelva su casa. Ya fue desahuciado en el año 2017. Los okupas tampoco han acudido al cuartel, por lo que de momento ha recuperado su vivienda sin ninguna consecuencia.
Víctor podría enfrentarse a dos delitos si los okupas hubieran querido denunciarle: por un lado «realización arbitraria del propio derecho», recogido en el artículo 455 del Código Penal. Determina que «el que, para realizar un derecho propio actuando fuera de las vías legales, emplease violencia, intimidación o fuerza en las cosas, será castigado con la pena de multa de seis a doce meses». Puede imponerse una pena superior si se utilizan armas u objetos peligrosos.
Además, podría ser acusado de coacciones, según se contempla en el artículo 172.1 del Código Penal: «el que, sin estar legítimamente autorizado, impidiere a otro con violencia hacer lo que la ley no prohíbe, o le compeliere a efectuar lo que no quiere, sea justo o injusto, será castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años o con multa de 12 a 24 meses, según la gravedad de la coacción o de los medios empleados”.
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