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La Audiencia de Barcelona ha condenado a 14 años de prisión a un hombre por agredir sexualmente de forma continuada a su sobrina, una menor que estaba bajo tutela de la Generalitat y cuya guarda había asumido temporalmente.
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La joven relató durante el juicio que los abusos se producían «casi cada noche» y que su tío le suministraba alcohol y cocaína. La defensa ha anunciado que recurrirá la sentencia.
La víctima vivió con su tío entre 2016 y 2021
Los hechos tuvieron lugar en una vivienda de Santa Perpètua de Mogoda (Barcelona), donde la menor residió durante una etapa de su infancia y adolescencia. La joven estaba tutelada desde los cinco años y, en septiembre de 2016, salió del centro de acogida para vivir con su tío, que también asumió temporalmente la guarda de su hermano pequeño.
Durante el juicio, celebrado el pasado 13 de octubre, la víctima explicó que las agresiones comenzaron en ese domicilio y que se repetían prácticamente cada noche. También declaró que el acusado le proporcionaba alcohol y cocaína durante los episodios.
En 2018, la joven regresó al centro de acogida, aunque siguió acudiendo algunos fines de semana a casa de su tío. Cuando tenía 17 años y fue trasladada a otro centro, pidió a su tutora que se interrumpieran esos permisos.
La joven consiguió una grabación antes de denunciar
La víctima explicó que durante un tiempo se planteó denunciar lo ocurrido, pero que se encontraba en una situación de gran vulnerabilidad y no sabía a quién acudir.
Varios familiares declararon en el procedimiento que el acusado había reconocido las agresiones y aportaron grabaciones. En junio de 2023, la joven volvió al domicilio con el pretexto de recuperar a su perro y consiguió grabar un audio que, según su testimonio, recogía el reconocimiento de los hechos por parte de su tío.
Finalmente, presentó la denuncia en febrero de 2024.
La condena incluye 14 años de prisión y una indemnización de 25.000 euros
La Audiencia de Barcelona considera al acusado autor de un delito continuado de agresión sexual a una menor de 16 años con penetración. Además de los 14 años de cárcel, la resolución establece diez años de libertad vigilada y otros diez de inhabilitación especial para ejercer funciones relacionadas con la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento.
El condenado también deberá indemnizar a la víctima con 25.000 euros y tendrá prohibido comunicarse con ella o acercarse a menos de 1.000 metros durante los dos años posteriores a su salida de prisión.
La pena impuesta supera los 12 años solicitados por la Fiscalía, aunque queda por debajo de los 18 años que reclamaba la acusación particular. La defensa ha anunciado que recurrirá la resolución, por lo que la sentencia puede ser revisada.