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La atención bucodental gratuita de la sanidad pública continúa ampliándose en España, aunque no todos los ciudadanos tienen derecho a los mismos tratamientos ni la cobertura incluye cualquier intervención odontológica.
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El plan impulsado por el Gobierno prioriza a niños y jóvenes, embarazadas, personas con discapacidad, pacientes con cáncer de cabeza y cuello y, desde 2025, personas mayores de 65 años.
La ampliación de estas prestaciones ha recibido un nuevo impulso económico en 2026. El Consejo de Ministros autorizó el pasado 26 de mayo la distribución de 60,058 millones de euros entre las comunidades autónomas y el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA), con el objetivo de extender la cartera común de servicios de salud bucodental del Sistema Nacional de Salud.
La financiación se suma a los 180 millones de euros destinados al plan desde su puesta en marcha en 2022. La iniciativa busca reducir las diferencias entre territorios y facilitar el acceso a tratamientos preventivos y asistenciales a colectivos que pueden tener mayores dificultades para acudir a una consulta odontológica privada.
Sin embargo, hay una cuestión importante que conviene aclarar: tener derecho a atención dental gratuita en la sanidad pública no significa que todos los tratamientos estén cubiertos. La prestación depende del colectivo al que pertenezca cada paciente y de los servicios incluidos en la cartera común.
¿Quién puede acceder al dentista gratis de la Seguridad Social?
El plan establece varios grupos prioritarios para ampliar la atención bucodental pública. Entre ellos se encuentran:
- Niños y jóvenes: constituyen uno de los principales colectivos beneficiarios, con acceso a revisiones y actuaciones preventivas y restauradoras cuando estén indicadas.
- Personas con discapacidad: especialmente aquellas con discapacidad intelectual o con limitaciones de movilidad en los miembros superiores que dificulten el mantenimiento de una adecuada higiene bucodental.
- Mujeres embarazadas: disponen de exploraciones clínicas y determinados tratamientos preventivos durante el embarazo.
- Pacientes con cáncer de cabeza y cuello: cuentan con prestaciones específicas relacionadas con su salud bucodental.
- Personas mayores de 65 años: se incorporaron como nuevo grupo beneficiario en 2025, con prestaciones orientadas a la prevención y al tratamiento de problemas dentales.
Además, existen servicios básicos de atención bucodental dirigidos al conjunto de la población, con independencia de que pertenezca a alguno de estos grupos prioritarios.
La ampliación progresiva pretende que el acceso a estas prestaciones no dependa exclusivamente de la capacidad económica del paciente o de la comunidad autónoma en la que resida.
Qué tratamientos dentales cubre la sanidad pública
La cartera común contempla una serie de servicios generales para toda la población. Entre ellos figuran la información y educación sanitaria sobre higiene oral, el consejo odontológico y la atención de determinados problemas agudos.
También están incluidos los tratamientos de procesos infecciosos e inflamatorios que afectan a la boca, los traumatismos dentales, las heridas y lesiones de la mucosa oral y determinadas patologías agudas de la articulación temporomandibular.
La cobertura pública incluye asimismo el tratamiento farmacológico de las enfermedades bucales que lo requieran, las extracciones dentales, las extracciones quirúrgicas y determinadas intervenciones de cirugía menor en la cavidad oral.
Otro de los servicios contemplados es la detección precoz de lesiones premalignas y, cuando sea necesario, la realización de biopsias de lesiones en la mucosa bucal.
A estas prestaciones generales se añaden otras específicas para determinados colectivos.
Empastes, limpiezas y revisiones: qué prestaciones tienen los colectivos prioritarios
En la población infantil y juvenil, así como en determinadas personas con discapacidad mayores de 14 años, el plan contempla revisiones periódicas y diferentes tratamientos preventivos.
Entre ellos se encuentran las limpiezas dentales o tartrectomías, la aplicación de sustancias remineralizantes, antisépticas y desensibilizantes y el sellado de fosas y fisuras para prevenir la aparición de caries.
También se incluyen actuaciones restauradoras, como empastes en lesiones que no presenten daño pulpar irreversible, determinados tratamientos pulpares y la estabilización de dientes definitivos afectados por traumatismos, dentro de las condiciones establecidas.
Las mujeres embarazadas y los pacientes diagnosticados de cáncer en la zona cervicofacial tienen derecho a exploraciones clínicas y, cuando estén indicadas, a limpiezas dentales y aplicaciones de sustancias preventivas.
En el caso de las personas mayores de 65 años, las prestaciones incorporadas contemplan evaluaciones periódicas del estado de la boca, tratamientos preventivos frente a la caries, empastes cuando ya se ha producido una lesión, limpiezas dentales y extracciones de piezas que no puedan conservarse.
Por otra parte, las personas con alteraciones conductuales severas que impidan una atención odontológica adecuada pueden recibir las prestaciones mediante tratamientos sedativos o anestesia general, de acuerdo con los protocolos establecidos con los equipos hospitalarios.
Qué tratamientos dentales no son gratuitos
Uno de los aspectos más importantes del plan es que no incluye todos los procedimientos que habitualmente se realizan en una clínica dental privada.
La cartera común excluye, entre otros, los siguientes tratamientos:
- Ortodoncias.
- Implantes dentales.
- Prótesis dentales, salvo las excepciones contempladas en la cartera común de prestación ortoprotésica.
- Tratamientos con finalidad exclusivamente estética.
- Extracciones de dientes sanos realizadas únicamente por motivos de ortodoncia.
- Determinados tratamientos pulpares, tanto en dientes temporales como en piezas definitivas, con las excepciones previstas para determinados traumatismos.
Por tanto, una persona puede tener derecho a una revisión, una extracción o un tratamiento preventivo financiado públicamente y, sin embargo, tener que acudir a la atención privada si necesita una ortodoncia, un implante o un procedimiento que no esté incluido en las prestaciones reconocidas.
La gratuidad se aplica a los servicios incluidos en la cartera común y a los beneficiarios que cumplan los requisitos correspondientes. No supone una cobertura dental integral para cualquier necesidad.
El plan ya ha recibido 240 millones de euros desde 2022
La financiación destinada a ampliar la atención bucodental pública ha ido creciendo desde la aprobación del plan en junio de 2022.
La dotación inicial fue de 44 millones de euros. Posteriormente, se aprobaron dos transferencias de 68 millones, correspondientes a los acuerdos de 2023 y 2024. Con esas aportaciones, la inversión acumulada alcanzó los 180 millones de euros.
En 2025 se incorporó a las personas mayores de 65 años como nuevo grupo beneficiario, reservándose una parte de los fondos del Plan de Acción de Atención Primaria y Comunitaria 2025-2027 para ampliar la atención a este colectivo.
En mayo de 2026 se autorizó una nueva distribución de 60,058 millones de euros. Esta cantidad eleva a más de 240 millones la financiación acumulada desde 2022 destinada a la ampliación de la cartera común de salud bucodental.
El nuevo reparto pretende consolidar la atención a los colectivos que ya estaban incluidos e impulsar la incorporación progresiva de los mayores de 65 años. Según los datos comunicados por el Gobierno, la cobertura alcanzó el 30,4% de la población infantil y juvenil y el 25% de las mujeres embarazadas en el último año. Entre los mayores de 65 años, la cobertura inicial se situaba cerca del 3%.
Los fondos correspondientes a 2026 deberán ejecutarse hasta 2028. Las comunidades autónomas y el INGESA tendrán que remitir información periódica sobre el grado de ejecución y los indicadores de cobertura y actividad.
Cómo solicitar atención bucodental gratuita
La atención se presta a través de los servicios públicos de salud de cada comunidad autónoma. Por ello, el procedimiento concreto para acceder a las revisiones y tratamientos puede variar según el territorio.
Como punto de partida, los ciudadanos pueden consultar en su centro de salud las prestaciones disponibles y los criterios de acceso. Los equipos de atención primaria y las unidades de salud bucodental pueden orientar sobre los servicios incluidos y, cuando corresponda, tramitar la atención o derivación necesaria.
En cualquier caso, es importante comprobar qué tratamientos están cubiertos para cada paciente antes de iniciar un procedimiento. La cartera común establece unas prestaciones mínimas, pero las comunidades autónomas pueden ampliar los servicios mediante sus propias carteras complementarias.
La ampliación del plan supone un avance en la incorporación de la salud bucodental a la atención sanitaria pública, especialmente para los colectivos con mayor necesidad de prevención y tratamiento. No obstante, la cobertura sigue teniendo límites y no sustituye a la atención odontológica privada para aquellos procedimientos que permanecen fuera de la cartera financiada por el Sistema Nacional de Salud.