El alto tribunal descarta actuar por la vía de urgencia al considerar que no se ha acreditado una necesidad excepcional; el Ejecutivo central tendrá diez días para presentar sus alegaciones.
El Tribunal Supremo ha rechazado la petición del Gobierno de Ceuta para obligar de manera inmediata al Ejecutivo central a acelerar los procedimientos de expulsión, devolución y protección internacional de los migrantes adultos que permanecen en la ciudad tras la llegada masiva de personas los días 30 y 31 de julio. Los magistrados consideran que no se ha demostrado la urgencia excepcional necesaria para adoptar medidas sin escuchar previamente a la otra parte.
La resolución no cierra el litigio ni determina todavía si el Gobierno central ha incurrido en la inactividad que denuncia la administración ceutí. El tribunal descarta, por ahora, la vía cautelarísima solicitada por la ciudad autónoma y continúa la tramitación judicial para que el Ejecutivo pueda defender su actuación.
La decisión supone un revés para la petición de intervención inmediata impulsada por el Gobierno que preside Juan Jesús Vivas, que reclama un plan operativo con medios y plazos concretos para gestionar los expedientes relacionados con las personas adultas que llegaron a Ceuta durante las jornadas de julio.
Ceuta denunció falta de respuesta del Gobierno central
El Ejecutivo ceutí acudió al Tribunal Supremo al considerar insuficiente la respuesta recibida del Gobierno central sobre la gestión de la situación migratoria posterior a las entradas de finales de julio. La ciudad sostiene que la Administración General del Estado no ha concretado adecuadamente los recursos humanos y materiales destinados a tramitar los expedientes ni ha dado una respuesta operativa a las necesidades planteadas.
La reclamación se dirige a los procedimientos de expulsión y devolución que correspondan legalmente, así como a la tramitación de las solicitudes de protección internacional. El objetivo de la administración local es que el Gobierno central detalle cómo va a gestionar esos procedimientos y qué medios prevé utilizar para hacerlo.
En su recurso, Ceuta pidió al Supremo que exigiera al Ejecutivo la presentación, en un plazo de diez días, de un plan operativo para organizar la tramitación de los expedientes de los migrantes adultos que continúan en la ciudad. También reclamó que se ejecutaran las resoluciones de expulsión o devolución que fueran legalmente ejecutivas, respetando las suspensiones judiciales que pudieran acordarse y las garantías aplicables a los procedimientos de protección internacional.
La petición no se limitaba, por tanto, a solicitar información sobre la situación administrativa de estas personas. La ciudad pretendía que el tribunal adoptara medidas concretas para acelerar la gestión y la ejecución de las resoluciones que procedieran conforme a la legislación.
El Supremo considera que no existe urgencia excepcional
El elemento determinante de la decisión judicial es el procedimiento elegido por Ceuta. La administración solicitó medidas cautelarísimas, una vía que permite reclamar una actuación urgente sin escuchar previamente a la parte contraria cuando concurren circunstancias excepcionales que justifican esa intervención inmediata.
Sin embargo, los magistrados consideran que no se han acreditado las condiciones necesarias para adoptar esas medidas sin conocer antes los argumentos del Gobierno central. La resolución señala que la supuesta inactividad administrativa denunciada por Ceuta se habría prolongado durante más de dos meses y medio sin que se solicitara durante ese periodo la tutela cautelar ante los tribunales.
Para la Sala, ese tiempo transcurrido dificulta justificar que exista una urgencia extraordinaria que permita prescindir de la audiencia previa al Ejecutivo.
El Supremo no afirma con esta decisión que la actuación del Gobierno haya sido correcta ni rechaza definitivamente las reclamaciones de Ceuta. Lo que determina es que no procede adoptar las medidas más urgentes en los términos solicitados y que la cuestión debe seguir su curso con las alegaciones de ambas partes.
Esta distinción resulta fundamental para interpretar el alcance del auto: la controversia sobre la gestión de los expedientes migratorios sigue abierta y la resolución definitiva sobre el fondo del asunto queda pendiente.
Diez días para que el Gobierno presente sus alegaciones
Tras rechazar la petición cautelarísima, el Tribunal Supremo ha dado al Gobierno central un plazo de diez días para presentar alegaciones sobre las medidas solicitadas por Ceuta.
Además, la Sala ha requerido al Ministerio de la Presidencia que remita el expediente administrativo relacionado con el caso en un plazo de veinte días. Esa documentación permitirá al tribunal examinar las actuaciones realizadas por la Administración y disponer de más información antes de pronunciarse sobre las medidas cautelares planteadas.
La siguiente fase será relevante para determinar qué actuaciones acredita el Ejecutivo, qué recursos se han desplegado y cómo se han gestionado los procedimientos a los que se refiere el recurso.
Por el momento, el Supremo no ha impuesto al Gobierno la obligación de presentar el plan operativo en los diez días que reclamaba Ceuta. Ese plazo formaba parte de la petición de la ciudad autónoma, mientras que el plazo de diez días fijado ahora por el tribunal corresponde a la presentación de alegaciones del Ejecutivo.
El Gobierno defiende las actuaciones realizadas desde agosto
En su respuesta a la administración ceutí, el Gobierno central sostuvo que había llevado a cabo diferentes actuaciones para gestionar las consecuencias de la llegada masiva de personas a finales de julio.
Según los datos recogidos por EL PAÍS a partir de esa respuesta, el Ejecutivo indicó que, desde el 10 de agosto, habían retornado a Marruecos 12.700 personas de las aproximadamente 70.000 que entraron a finales de julio. También señaló que se habían habilitado espacios de acogida para unas 7.600 personas y que se habían despejado los principales asentamientos situados en las playas.
El Gobierno aludió, asimismo, a los 88 millones de euros aprobados por el Consejo de Ministros para la atención a menores, además de inversiones y transferencias destinadas a aliviar el coste de servicios públicos como la limpieza y la seguridad.
Estas cifras forman parte de los argumentos expuestos por el Ejecutivo central para defender las medidas adoptadas. La administración ceutí, por su parte, considera que la respuesta recibida no satisface las necesidades operativas que había planteado, especialmente en lo relativo a la organización y ejecución de los procedimientos administrativos.
El desacuerdo entre ambas administraciones se centra, por tanto, tanto en la valoración de las actuaciones ya realizadas como en la planificación de los pasos pendientes.
Un conflicto judicial que continúa abierto
La decisión del Supremo llega en un contexto de discrepancia entre el Gobierno de Ceuta y el Ejecutivo central sobre la gestión posterior a la entrada masiva de los días 30 y 31 de julio.
La ciudad autónoma reclama mayor concreción sobre los recursos disponibles, los plazos de tramitación y la ejecución de las resoluciones que legalmente procedan. El Gobierno central sostiene que ha puesto en marcha actuaciones para responder a la situación y ha aportado información sobre las medidas adoptadas.
La resolución judicial no resuelve esa discrepancia. Al rechazar la intervención cautelarísima, el Supremo evita adoptar una decisión urgente sin escuchar al Gobierno y abre la puerta a que el procedimiento continúe con las alegaciones y la documentación administrativa correspondientes.
El próximo paso será conocer la respuesta del Ejecutivo y examinar el expediente requerido por la Sala. A partir de ahí, el tribunal podrá valorar la petición cautelar dentro del procedimiento ordinario y, posteriormente, abordar el fondo del recurso.
Por ahora, la conclusión es clara: el Supremo no ha ordenado acelerar las expulsiones y devoluciones solicitadas por Ceuta, pero tampoco ha cerrado el caso ni ha descartado definitivamente la reclamación de la ciudad autónoma. La discusión sobre la actuación del Gobierno central seguirá su curso judicial.